01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se ordena LEVANTAR la suspensión de términos en el proceso de la referencia, identificado con el número de expediente D-12552 y correspondiente a la demanda contra el parágrafo 1º del artículo 206 de la Ley 1801 de 2016.
Se dispone que, ejecutoriada esta decisión se contabilicen nuevamente los términos procesales, a partir de la etapa en la que se encontraba al momento de la suspensión.
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos en el proceso de la referencia, identificado con el número de expediente D-12552. En consecuencia, ejecutoriada esta decisión se contabilizarán nuevamente los términos procesales, a partir del momento en se encontraban al momento de la suspensión.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional que notifique el presente proveído en el estado de esta dependencia, que lo ponga en conocimiento de la ciudadanía en la página web de esta Corte. Igualmente, COMUNICAR el contenido de esta decisión al Presidente de la República, al Presidente del Congreso y al Procurador General de la Nación.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.